Publicada en el BOE la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética

viernes, 21 de mayo de 2021

Según el último informe del Grupo intergubernamental de Expertos sobre el cambio climático de octubre de 2018, cumplir el objetivo del Acuerdo de París es posible si se adoptan políticas públicas precisas y se realizan inversiones bien orientadas. Con la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética, España responde al compromiso internacional y europeo asumido y es coherente con el aumento de ambición que fijó el Consejo Europeo en diciembre de 2020 de reducción de emisiones de la UE de, al menos, un 55 % respecto a los niveles de 1990, para alcanzar la neutralidad climática en la Unión en 2050.

En este marco, el Gobierno nacional ha publicado la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, que tiene por objeto:

  • Asegurar el cumplimiento del Acuerdo de París.
  • Facilitar la Descarbonización.
  • La transición a un modelo circular.
  • Promover adaptación a impactos del Cambio Climático.
  • Ser el modelo de desarrollo sostenible que genere empleo.

El objetivo final de la ley es alcanzar la “neutralidad climática” en 2050, es decir, que el balance entre las emisiones y las absorciones de gases de efecto invernadero sea cero y además que el sistema eléctrico sea 100% renovable. Para ello se establecen como metas intermedias en 2030, la reducción de emisiones GEI un 23% respecto a los niveles de 1990, la procedencia renovable del 74% de la electricidad generada y del 42% del consumo final de la energía y la mejora de la eficiencia al menos en una 39,5%.

Para el logro de los objetivos a 2030, esta ley contiene los elementos reguladores del primer Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España 2021-2030 (PNIEC). El PNIEC es una de las dos grandes herramientas de gobernanza de clima y energía1, junto con la Estrategia a Largo Plazo (2050):

  • Plan Nacional Integrado de Energía y Clima: permite asegurar el logro de los objetivos y orientar las políticas e inversiones sobre clima y energía.
  • Estrategia de descarbonización a largo plazo: proyecta la senda coherente para el logro de los objetivos de descarbonización, revisable cada cinco años.

Para la evaluación de las políticas y medidas adoptadas, la Ley crea el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética (Art.37), que anualmente remitirá al Congreso de los Diputados, no solo su informe de evaluación sino también de recomendaciones sobre las políticas y medidas implementadas.

La Ley consta de cuarenta artículos distribuidos en nueve Títulos, nueve disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única, y dieciséis disposiciones finales.

Más información:

Enlace al BOE

Informe CEOE sobre las principales novedades que introduce la la Ley


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