PRL | El 24 finaliza el plazo de solicitudes para las subvenciones dirigidas a reducir la siniestralidad laboral

miércoles, 19 de octubre de 2022

Los próximos 21 y 24 de octubre, fechas de finalización del plazo de presentación de las solicitudes para las subvenciones dirigidas a reducir la siniestralidad laboral en Cantabria.


El viernes 30 de septiembre se publicó en el BOC las órdenes por las que se aprobaron las convocatorias para el año 2022, de las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, destinados a financiar dos líneas de ayudas:


    1.- Integración de la prevención de riesgos laborales:
Objeto: dirigida a las pequeñas y medianas empresas con centro de trabajo en Cantabria, que se extiende a los gastos realizados y pagados entre el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2022, a través de las siguientes líneas: 
a) Inversiones en sustitución de equipos de trabajo que tengan carencias de seguridad conforme a las disposiciones previstas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. 
b) Adaptación de puestos de trabajo por la reincorporación de trabajadores tras una baja prolongada por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Entendiendo como baja prolongada la que exceda los seis meses de duración. 
c) Adquisición de equipos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculoesqueléticos. 
d) Instalación en cubiertas de centros de trabajo, excepto durante la fase de construcción de obra nueva o reforma, de dispositivos de anclaje que cumplan la norma UNE-EN 795:2012. 
e) Adaptación, sustitución o adquisición de máquinas o equipos de trabajo u otras medidas de protección colectivas aplicadas al origen del riesgo, realizadas con criterios higiénicos, con objeto de evitar o reducir la exposición de los trabajadores al ruido. 
f) Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada.
 g) Adquisición de aparatos para la elevación de personas o plataformas elevadoras móviles de personas (PEMP) incluidos en el apartado 17 del Anexo IV del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.


Cuantía:  se instrumentarán en forma de subvenciones en base a porcentajes según los rangos de gastos siguientes: 
a) Gasto subvencionable menor o igual a 1.000 euros, subvención del 100% de los gastos acreditados.

b) Gasto subvencionable desde 1.001 euros hasta 5.000 euros, subvención del 70% de los gastos acreditados. 

c) Gasto subvencionable superior a 5.000 euros, subvención del 40% de los gastos acreditados, con un límite de 8.000 euros por línea. 
Estableciéndose un importe máximo de 15.000 euros por empresa, sumando los importes en todas las líneas.


Forma y plazo de presentación: Las solicitudes deberán cursarse exclusivamente de forma electrónica y el periodo de presentación será de 15 días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, hasta 21 de octubre. 


Descarga la convocatoria aquí


   

2.-  Con motivo del covid 19
Objeto: dirigidas a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a los trabajadores Autónomos con trabajadores a cargo o autónomos sin trabajadores que concurran con otras empresas o autónomos con los que deban coordinarse y se extenderán a los gastos realizados y pagados, entre el 1 de octubre de 2021 a 30 de septiembre de 2022, través de la siguiente línea: 


● Adquisición de mascarillas higiénicas, quirúrgicas y equipos de protección individual (mascarilla autofiltrante de tipo FFP2 y FFP3)
Cuantía: se establece un importe máximo en función plantilla empresa: 
    a) Empresas de menos de 10 trabajadores: 1.600 euros
b)    Empresas de 11 a 49 trabajadores: 1.300 euros. 
c)     Empresas de 50 a 249 trabajadores: 1.000 euros.
A los trabajadores autónomos se les aplicará los mismos límites establecidos para pequeñas y medianas empresas.


Forma y plazo de presentación: Las solicitudes deberán cursarse exclusivamente de forma electrónica y el periodo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles y comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, hasta 24 de octubre. 


Descarga la convocatoria aquí


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