Publicada en el BOE del sábado 5 de diciembre la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2021.
Entre otros asuntos, cabe destacar:
Disposición transitoria segunda. Ingreso de diferencias de cotización.
1. Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de septiembre de 2021, se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del segundo mes siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». (28/02/2022)
Las nuevas bases de cotización entran en vigor a partir del 5 de diciembre (día siguiente a la publicación de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre) y con efectos desde el día 1 de septiembre de 2021.