El TSJ de Madrid, Sala de lo Social, en sentencia de 30 de noviembre de 2016 (recurso nº 554/2016), determinó que el permiso retribuido por hospitalización de familiares (artículo 37.3.b) del ET) se agota con su disfrute, por lo que si el mismo familiar vuelve a ingresar en el hospital en otro momento posterior como consecuencia de una recaída derivada de la intervención a la que fue sometido, no puede hacerse de nuevo uso de idéntico permiso. No cabe la solicitud de un número indeterminado de permisos para acompañar al mismo familiar por la misma enfermedad. Agotado el permiso por esta causa, el trabajador podrá utilizar otros permisos o los días de libre disposición en los términos establecidos en el convenio colectivo que sea de aplicación.
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