Las actividades de promoción comercial de la empresa realizadas fuera de la jornada tienen la consideración de tiempo de trabajo

martes, 16 de enero de 2018

La Sala de lo social de la Audiencia Nacional ha resuelto que la participación de los trabajadores en actividades de promoción comercial organizadas por la empresa con sus clientes, que se celebran fuera de la jornada ordinaria de trabajo, tienen la consideración de tiempo de trabajo puesto que son actividades programadas por el empresario y vinculadas estrechamente con la prestación de servicios del trabajador, y en cuyo desarrollo, sin perjuicio de su carácter voluntario, éste debe atenerse a las pautas del empleador, encontrándose en consecuencia bajo el ámbito organicista, rector y disciplinario de éste.

Además, en el concreto caso estudiado, el propio convenio colectivo estipula la compensación del tiempo dedicado a dichas actividades por un descanso equivalente, como si de horas extraordinarias se tratase. La sentencia recoge la definición de tiempo de trabajo fijada por la doctrina que el TJUE ha desarrollado a la hora de interpretar el art. 2.1 de la Directiva 2003/88 CE- el cual define el "tiempo de trabajo como todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales", que señala "para que se pueda considerar que un trabajador está a disposición de su empresario, este trabajador debe hallarse en una situación en la que esté obligado jurídicamente a obedecer las instrucciones de su empresario y a ejercer su actividad por cuenta de éste" (STJUE 10-9-2.015, C 266/14, asunto TYCO).

Consecuencia directa de todo lo anterior es que la jornada siguiente a la celebración de la actividad no tiene porqué empezar a la hora habitual sino que deberá respetarse el periodo mínimo de descanso de 12 horas entre jornadas previsto en el artículo 34.3 del Estatuto de los Trabajadores. Puedes aceder a una información más amplia aqui.

 

 

 


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