La Seguridad Social cambia el criterio en la jubilación parcial y admitirá acumular en un periodo toda la jornada a cumplir

lunes, 23 de octubre de 2017

Desde el presente mes de octubre de 2017 la Seguridad Social ha cambiado el criterio en relación con la posibilidad de acumulación de jornada en los supuestos de jubilación parcial. A partir de ahora se admitirá la acumulación en un solo periodo de tiempo (que puede ser plurianual) de toda la jornada que deba cumplir el jubilado parcial hasta llegar a la jubilación definitiva siempre que se mantenga el alta y la cotización durante todo el tiempo con independencia de la jornada realmente efectuada por el trabajador. De esta manera, la Entidad Gestora se adecúa al criterio fijado por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en sus sentencias de 19 de enero de 2015 y 29 de marzo de 2017.


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