El BOE de hoy, día 9 de noviembre, publica la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Esta Ley tiene como objetivo principal la trasposición al ordenamiento jurídico español de las últimas Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo con las que la Unión Europea da por concluido el proceso de revisión y modernización de las vigentes normas sobre contratación pública, que permitan incrementar la eficiencia del gasto público y facilitar, en particular, la participación de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en la contratación pública, así como permitir que los poderes públicos empleen la contratación en apoyo de objetivos sociales comunes. Asimismo, se hacía preciso aclarar determinadas nociones y conceptos básicos para garantizar la seguridad jurídica e incorporar diversos aspectos resaltados por la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativa a la contratación pública, lo que también ha sido un logro de estas Directivas.
Si bien el motivo determinante de la Ley es la transposición de las dos Directivas citadas, no es el único. Así la Ley no se limita a dicha trasposición sino que trata de diseñar un sistema de contratación pública más eficiente, transparente e íntegro, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos públicos, tanto a través de la satisfacción de las necesidades de los órganos de contratación, como mediante una mejora de las condiciones de acceso y participación en las licitaciones públicas de los operadores económicos, y, por supuesto, a través de la prestación de mejores servicios a los usuarios de los mismos.
Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la presente Ley son, en primer lugar, lograr una mayor transparencia en la contratación pública, y en segundo lugar, el de conseguir una mejor relación calidad-precio en las contrataciones. También se busca la simplificación de los trámites y, con ello, una menor burocracia para los licitadores y un mejor acceso para las PYMES.
Salvo alguna excepción, la Ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el BOE. Consulta más información aqui.