Hoy 3 de abril, último día para comunicar al SEPE los ERTES presentados antes del 28 de marzo. No hacerlo es falta grave

viernes, 3 de abril de 2020

Hoy viernes 3 de abril vence el plazo para presentar por parte de la empresa ante el SEPE la relación de trabajadores afectados por ERTE. Su incumplimiento es falta grave. La comunicación debe realizarla toda empresa que haya presentado un ERTE antes del sábado 28 de marzo aunque no haya recibido comunicación de la autoridad laboral ni del propio SEPE.

Las empresas que hayan presentado el ERTE ante la autoridad laboral después del 28 de marzo, deberá remitir tal relación en el plazo de 5 días desde la solicitud del ERTE de Fuerza Mayor o desde la fecha en que la empresa notifique a la autoridad laboral competente su decisión, en los casos de ERTEs por causas objetivas. Ten en cuenta las siguientes instrucciones recibidas del SEPE:

Para el caso de expedientes de fuerza mayor que no dispongan todavía del número de ERTE se dará por cumplido con el envío de la solicitud colectiva sin número de ERTE y añadiendo al nombre del archivo "_sinNumeroDeERTE" (ej. 011109012345678_sinNumeroDeERTE), debiendo posteriormente, continuar con los siguientes trámites, entre ellos, el envío de certificados de empresa a través de Certific@.
 

Para el caso de expedientes de regulación de empleo de Causas Técnicas-Económicas. Organizativas u otro se dará por cumplido con el envío  de la solicitud  colectiva añadiendo al nombre del archivo "Técnicas" (e. 011109012345678_Técnicas) y relacionando únicamente a los trabajadores en activo afectados por el expediente en el mes de marzo o dejando en blanco los campos de los datos de los trabajadores si en dicho mes no hubiera ninguno afectado.
 

No debe enviarse ninguna otra documentación de momento. El SEPE se pondrá en contacto con la empresa una vez que la OTT le haya trasladado el expediente
 

Se aconseja, que para evitar el incumplimiento de plazo, se presente en plazo el documento con el mayor de campos rellenados posibles, pero si faltara algún dato se podrá subsanar o completar con posterioridad. Es importante la remisión del documento en plazo para evitar la posible sanción.


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