Hacienda informa de que los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias no quedan interrumpidos

jueves, 19 de marzo de 2020

La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias según informa Hacienda en esta Nota y tal y como queda recogido en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo,por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (BOE, 18-marzo-2020)

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