El calendario mantiene, por su carácter simbólico y tradicional, las fiestas propias de la Comunidad Autónoma del 28 de julio, Día de las Instituciones, y el 15 de septiembre, La Bien Aparecida, y elimina el festivo correspondiente al Lunes de Pascua (5 de abril)
De esta manera, mediante la publicación de la Orden EPS/22/2020 el Gobierno fija como días inhábiles a efectos laborales Año Nuevo (1 de enero, viernes); la festividad de los Reyes Magos (6 de enero, miércoles); Jueves Santo (1 de abril); Viernes Santo (2 de abril); Día del Trabajo (1 de mayo, sábado); Día de las Instituciones de Cantabria (28 de julio, miércoles); La Bien Aparecida (15 de septiembre, miércoles); fiesta nacional de España (12 de octubre, martes); Día de Todos los Santos (1 de noviembre, lunes); Día de la Constitución (6 de diciembre, lunes); Inmaculada Concepción (8 de diciembre, miércoles), y Navidad (25 de diciembre, sábado).
Al calendario de carácter autonómico han de sumarse los dos días festivos de carácter local que establezca cada municipio a propuesta del Pleno del Ayuntamiento que deberá ser remitido a la Dirección General de Trabajo en el plazo máximo de un mes.
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=352754