El Boletín Oficial de Cantabria recoge hoy con carácter extraordinario el Decreto que establece la obligatoriedad del uso de mascarilla para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia de que pueda garantizarse una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.
El adecuado uso de la mascarilla tiene que cubrir desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida y el tipo de mascarilla a utilizar no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.
Asimismo, resultará exigible en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
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