Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de ámbito autonómico inscritas en el registro de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo) que presenten propuestas de formación en competencias digitales.
b) Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales, y empresas de inserción inscritas en el registro de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo) que presenten propuestas de formación en competencias digitales.
c) Las Cámaras de Comercio, Industria, Navegación y Servicios, cofradías de pescadores, así como los colegios profesionales, cuyo ámbito no exceda el autonómico que presenten propuestas de formación en competencias digitales.
d) Otras entidades asociativas de la Economía Social de ámbito autonómico inscritas en el correspondiente registro cuando sea exigible.