Programa I - SANTANDER CREA: personas físicas y jurídicas que hayan iniciado su actividad empresarial, comercial o profesional en Santander entre el 10 de julio de 2024 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y no hayan desarrollado ninguna actividad empresarial o profesional los veinticuatro meses anteriores.
Programa II - SANTANDER EMPLEA: Personas físicas y jurídicas que cuenten con un centro de trabajo en Santander y que contraten o hayan contratado, entre 17 de septiembre de 2024 y el 17 de septiembre de 2025 a: jóvenes de hasta 30 años de edad o de 35 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33%; mujeres de 45 o más años de edad o de 40 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33%; trasladen a un centro de trabajo en Santander a jóvenes o contraten a jóvenes retornados. Condición de joven retornado: personas de 30 o menos años de edad, o 35 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33%, que hayan nacido o estado empadronadas en Santander durante al menos los tres años anteriores a su salida del municipio, hayan residido fuera de Santander durante al menos los tres meses anteriores a la formalización del contrato o del traslado de centro de trabajo y que a la fecha de presentación de la solicitud estén empadronados en el Ayuntamiento de Santander.
También podrán ser beneficiarias las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como socios, durante el citado período a jóvenes o mujeres que cumpla las características citadas.