Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas al amparo de la presente convocatoria, las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de estas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria a 31 de diciembre de 2024, que se encuentren desarrollando actividad y hayan realizado algún proyecto en el año 2024, así como tener previstas o realizadas actuaciones para 2025.
También podrán acceder a las mismas subvenciones que las asociaciones de comerciantes las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren inscritas en los correspondientes registros, en las mismas condiciones que el apartado anterior.