Programa de proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (INNOVAE)

Publicada: miércoles, 22 de julio de 2026

Publicación


22/07/2026

Plazo


18/11/2026

Estado


Abierta/En curso

Descripción


Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se realiza la primera convocatoria del programa de proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (INNOVAE)

Beneficiarios


Podrán tener la condición de beneficiarios en esta convocatoria, en función de la actuación subvencional, conforme queda recogido en el Anexo 1 de las bases reguladoras, los siguientes sujetos:

a) Proyectos singulares en movilidad sostenible:

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Personas físicas con actividad económica, dadas de alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

- Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia.

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

b) Proyectos singulares en el sector industrial:

- Empresas del sector industrial, cuyo CNAE 2025 se encuentre dentro de los que se relacionan en el apartado b del anexo 1.3) de las Bases reguladoras.

- Empresas de servicios energéticos.

c) Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones.

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

- Las Empresas de Servicios Energéticos.

- Las Comunidades de Propietarios o las agrupaciones de Comunidades de Propietarios de edificios.

- Entidades con fines de interés general y carentes de ánimo de lucro, del Tercer Sector, asociaciones y fundaciones.

d) Proyectos singulares de sustitución de generadores de frio.

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Personas físicas que desarrollen actividades económicas.

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen - jurídico del sector público.

- Empresas de Servicios Energéticos.

Objeto


Contribuir al cumplimiento del objetivo nacional de reducción del consumo de energía final, para el periodo 2021-2030, que fija el artículo 8 de la Directiva (UE) 2023/1791, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, promoviendo proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que consigan una reducción del consumo de energía final, en los sectores consumidores de energía

Observaciones


Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 horas de 15 de septiembre de 2026 hasta las 12:00 horas del 18 de noviembre de 2026.

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