Bases reguladoras del programa de incentivos a la instalación de infraestructura pública de recarga de vehículos eléctricos

Publicada: jueves, 18 de diciembre de 2025

Publicación


18/12/2025

Plazo


(sin plazo)

Estado


Pendiente de convocatoria

Descripción


Orden TED/1477/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a la instalación de infraestructura de recarga de acceso público de vehículos eléctricos ligeros en España (Programa MOVES Corredores de Recarga), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU.

Beneficiarios


1. Se entenderá por beneficiario a la persona jurídica que realice la inversión o gasto correspondiente a la actuación que se incentiva y que resulte obligado a ello de acuerdo con la resolución de concesión.

2. Podrán ser beneficiarios del programa de incentivos previsto en esta orden, las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, tanto públicas como privadas, que actúen como operadores de puntos de recarga de acceso público (CPO, en adelante) que vayan a ser titulares de las instalaciones.

3. En la fase de solicitud, deberán facilitar el código único identificativo europeo tipo «CPO» que facilita la Dirección General de Política Energética y Minas a efectos de identificación de las mismas, según lo establecido en el artículo 7 de la Orden TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.

4. En la fase de justificación, deberán acreditar el código identificativo del punto de recarga, que será el declarado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) en cumplimiento de la Orden TED/445/2023, de 28 de abril.

Objeto


1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes al programa de incentivos a proyectos de despliegue de infraestructura de recarga de acceso público para vehículos eléctricos ligeros (Programa MOVES Corredores de Recarga).

2. El objetivo del programa de ayudas MOVES Corredores de Recarga es incentivar el despliegue de la cobertura mínima de puntos de recarga para vehículos eléctricos ligeros a lo largo de la red de carreteras de la RTE-T, básica y global, establecidos en el artículo 3 del Reglamento AFIR, en aquellos tramos de la RTE-T que no cumplen los objetivos de despliegue que fija dicho artículo 3, que se denominarán «tramo sombra» a efectos de este programa, según definición del anexo 6 de esta orden. En las correspondientes convocatorias, se detallarán los tramos sombra de la RTE-T a efectos de elegibilidad.

3. La finalidad es garantizar la plena conectividad transfronteriza a lo largo de las principales redes de carreteras y permitir que los vehículos eléctricos circulen por toda la Unión, mediante el establecimiento de unos objetivos mínimos basados en la distancia entre estaciones de recarga fijados en el reglamento AFIR.

4. Las ayudas reguladas en esta orden tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos 506 y 507 de la inversión 9 de la componente 31 del anexo revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.

5. Asimismo, el programa contribuirá a alcanzar los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.

Observaciones


Las convocatorias serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Un extracto de la misma será publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Las fechas de inicio y fin del plazo de presentación de solicitudes se indicarán en la correspondiente convocatoria.

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