AYUDAS EMPRECAN
Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las personas autónomas y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, sean titulares en Cantabria de una actividad económica de las recogidas en el Anexo de este decreto y cumplan el resto de los requisitos establecidos a continuación:
a) En el caso de personas autónomas, la actividad desarrollada deberá haberse iniciado dentro de los dos años previos a la fecha de solicitud de la ayuda.
b) En el caso de empresas, la fecha de constitución y el inicio de la actividad desarrollada deberán haber tenido lugar dentro de los dos años previos a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para determinar la fecha de inicio en la actividad incluida en el anexo se tendrá en cuenta la fecha de alta de dicha actividad en los modelos 036 o 037, según corresponda, de la AEAT.
AYUDAS "EMPLEA"
Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las personas autónomas y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, sean titulares en Cantabria de una actividad económica de las recogidas en el Anexo de este decreto y cumplan el resto de los requisitos establecidos a continuación:
a) En el caso de personas autónomas, la actividad desarrollada deberá haberse iniciado dentro de los cuatro años previos a la fecha de solicitud de la ayuda.
b) En el caso de empresas, la fecha de constitución y el inicio de la actividad desarrollada deberán haber tenido lugar dentro de los cuatro años previos a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para determinar la fecha de inicio en la actividad incluida en el anexo se tendrá en cuenta la fecha de alta de dicha actividad en los modelos 036 o 037, según corresponda, de la AEAT.