Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las empresas o trabajadores/as autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y sean titulares en Cantabria de una actividad económica y cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.
Las entidades solicitantes deben contar con el domicilio social y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria, desarrollar actividad exportadora y realizar en Cantabria las actividades susceptibles de obtener subvención en el marco del presente programa de ayudas.